NIÑOS CON CÁNCER aprueba la decisión del Gobierno para no retirar la prestación por cuidados de menores con cáncer si los progenitores pasan a un ERTE
Madrid, 3 de abril de 2020.- La Federación Española de Padres de Niños con Cáncer ha visto incrementado el número de familias que pierden la prestación económica destinada a los progenitores que reducen su jornada de trabajo para el cuidado del menor a su cargo afectado por cáncer u otra enfermedad grave, recogida en el Real Decreto 1148/2011, ante un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) que están realizando muchas empresas por la pandemia de coronavirus.
Este subsidio tiene por objeto compensar la pérdida de ingresos que sufren los padres al tener que reducir su jornada, con la consiguiente disminución de su salario, por la necesidad de cuidar de manera directa, continua y permanente a los hijos o menores a su cargo, durante el tiempo de su hospitalización y tratamiento continuado de la enfermedad.
El pasado miércoles 31 de marzo se publicó el RD-Ley 11/2020, con un paquete de medidas de protección social y de apoyo a la economía, aprobado por el Consejo de Ministros, donde aprueba mantener esta prestación, aunque el progenitor perceptor de la misma pase a estar afectado por un ERTE.
En estos casos, el expediente de regulación temporal de empleo que tramite el empresario ya sea por suspensión de contratos o reducción temporal de la jornada de trabajo, sólo afectará al trabajador beneficiario de este subsidio en la parte de la jornada no afectada por el cuidado del menor. Será, por tanto, compatible el percibo del subsidio por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, con la percepción de la prestación por desempleo que, como consecuencia de la reducción de la jornada, afectada por un expediente de regulación temporal de empleo, pudiera tener derecho a percibir.
A tal efecto, la empresa al tiempo de presentar la solicitud, indicará las personas que tengan reducida la jornada de trabajo como consecuencia de ser titular del subsidio por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, señalando la parte de la jornada que se ve afectada por el expediente de regulación temporal de empleo. Durante el tiempo que permanezca el estado de alarma no existirá obligación de cotizar, teniéndose el periodo por cotizado a todos los efectos.
Tal y como explica el presidente de la Federación, Francisco Palazón: “para las familias esta prestación es fundamental. Cuando un menor es diagnosticado de cáncer infantil, el gasto familiar se ve notablemente incrementado. Si uno de los progenitores entra a formar parte de un ERTE y pierden esta prestación, entrarían en una situación desoladora, aumentando el estrés familiar ya añadido por la enfermedad de su hijo/a”. Por ello, expresamos nuestro agradecimiento por haber tomado esta medida en unos momentos tan complicados para los niños y adolescentes con cáncer y su familia”.