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APROBADA LA DEMANDA HISTÓRICA DEL 33% DE DISCAPACIDAD DE NIÑOS CON CÁNCER

Encuentro Adolescentes

  • Se ha aprobado por unanimidad en el Congreso de los diputados la Propuesta No de Ley que reconoce a los niños y adolescentes con cáncer un 33% de discapacidad desde el momento del diagnóstico.
  • La Federación Española de padres de NIÑOS CON CÁNCER consigue una demanda histórica con esta aprobación.

 

Madrid, 24/02/2017-

La Comisión de Sanidad y Servicios Sociales del Congreso de los Diputados ha aprobado por unanimidad una Proposición No de Ley (PNL) por la que se concederá una discapacidad del 33% a los niños y adolescentes con cáncer desde el mismo momento del diagnóstico, una demanda histórica de la Federación Española de Padres de NIÑOS CON CÁNCER.

Las familias que forman NIÑOS CON CÁNCER sienten una gran satisfacción por la aprobación de la PNL, porque el reconocimiento del 33% permitirá a los menores y a sus familiares acceso a una serie de ayudas y servicios como son: prestaciones económicas, tratamientos rehabilitadores, medios de adaptación en el hogar, apoyo educativo o ayudas al transporte, entre muchas otras a las que ahora tendrán derecho.

Hasta ahora, sin el reconocimiento del 33% de discapacidad, la situación no respondía a las necesidades de los enfermos de cáncer infantil y adolescente. Los menores sufren importantes limitaciones desde el primer día de su tratamiento, como no ir al colegio, relacionarse con sus amigos, compartir ocio…

Además, las familias tienen un incremento medio de gastos entre 400/600€ mensuales (desplazamientos, comidas fuera de casa, farmacia,  etc.), que podrá ser aliviado al acogerse a los derechos derivados del reconocimiento de discapacidad.

Ante la aprobación reciente de la Proposición No de Ley mencionada, NIÑOS CON CÁNCER solicita:

  1.Indicaciones específicas para la concesión de, como mínimo, un grado de discapacidad del 33%, con carácter revisable.

  2.Criterios homogéneos en todas las CCAA tanto para los tiempos que se tardan en conceder la cita de valoración y en comunicar la resolución como para determinar el porcentaje de discapacidad que se concede.

  3.Valoraciones no presenciales de la discapacidad en los centros de valoración, con objeto de evitar riesgos a los afectados inmunodeprimidos, tomando en consideración el informe médico, el psicológico y el de trabajo social realizado por los Servicios Sociales o por los profesionales colegiados de las propias Asociaciones de Familiares.

  4.Concesión de la tarjeta provisional de estacionamiento desde el diagnóstico.


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